LA SECRETARIA MUNICIPAL DE SALUD DE PASTO SE PERMITE INFORMAR QUE LOS REQUISITOS PARA OBTENER UN CONCEPTO SANITARIO FAVORABLE PARA UN ESTABLECIMIENTO DE PREPARACIONDE ALIMENTOS: RESTAURANTES, CAFETERIAS, PANADERIAS, HELADERIAS, COMIDAS RAPIDAS, COMEDORES, SON LOS SIGUIENTES:

 

  1. Conoce la Norma que aplica: Los establecimientos de tipo gastronómico son sujetos dedicados a la preparación y consumo de alimentos. En estos se ofrecen servicios de preparación de alimentos para consumo en el mismo sitio (desayuno, almuerzo o comida). Se encuentran regulados por la Ley 09 de 1979 Código Sanitario Nacional y por la Resolución 2674 de 2013, entre otras normas. Dicha normativa puede ser consultada en la página www.invima.gov.co
  2. El establecimiento debe INSCRIBIRLO ante la Secretaría de Salud de Pasto(por única vez). Proceso OBLIGATORIO acorde al art 50 de la Resolución 2674 de 2013. No tiene costo alguno.
  3. Una vez verificado que se cumple con requisitos y que esta debidamente inscrito deberá solicitar la visita para inspección sanitaria. La Solicitud de la visita debe hacerla el propietario o representante legal del establecimiento (A Solicitud del interesado). Esta solicitud puede hacerla en ventanilla de atención al usuario de Salud Ambiental de la secretaria de Salud de Pasto o a través del correo electónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Esta visita no tiene costo alguno. Un Técnico de salud ambiental de la Secretaría de Salud de Pasto plenamente identificado hará la verificación y generará el CONCEPTO SANITARIO, el cual estará vigente hasta una próxima visita.
  4. El establecimiento deberá cumplir con los requisitos sanitarios que garanticen la inocuidad de los alimentos que se ofrecen al consumidor. Entre estos se tiene:

Documentación: En el establecimiento siempre deberán estar disponibles los siguientes documentos:

    ✔ Plan de Saneamiento: Incluye programas de limpieza y desinfección, manejo de desechos sólidos, control integrado de plagas, Abastecimiento o suministro de agua potable.

    ✔ Plan de Capacitación Continuo y Permanente: Debe contener metodología, duración, docentes, cronograma y temas. Estos planes de capacitación deben estar en manos de              profesionales idóneos en materia de alimentos (De la empresa, externos o por parte de la autoridad sanitaria del municipio).

    ✔ Certificación médica del personal que trabaja en el establecimiento: En esta certificación debe constar su APTITUD o no para manipular alimentos.

REQUISITOS DE BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA (BPM):

     Edificación e instalaciones físicas

    ✔ Equipos y utensilios

    ✔ Personal manipulador de alimentos

    ✔ Requisitos higienicos

    ✔ Saneamiento

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